martes, 16 de julio de 2013

Bienvenidos a mi Blog






EN MI BLOG VAN A CONOCER SOBRE EL TEMA DE PDT SUNAT , EN EL CUAL VAN A ENCONTRAR ALGUNOS MODULOS QUE SE UTILIZAN PARA REGISTRAR.



MI BLOG ES PARA QUE USTEDEN PUEDAN APRENDER , Y SABER INSTALAR Y LLENAR UN PDT SUNAT.


ESTA INFORMACION LES SERVIRA PARA QUE ESTEN MEJOR INFORMADOS DE ACUERDO AL TEMA QUE SE DIJO AL COMIENZO...




Espero que sigan visitando y escribiendo comentarios que sirvan para que yo pueda mejorar el blog para que ustedes les gusten.

Gracias por visitar mi blog......

¿QUE ES EL PDT? Y SUS TIPOS



¿QUE ES EL PDT SUNAT?

El Programa de Declaración Telemática, es un medio informático desarrollado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), el cual brinda mayor seguridad y facilita la elaboración de las declaraciones, así como el registro de información requerida. 

Asimismo, facilita la comunicación con la Administración Tributaria a través del uso de la tecnología informática. 








TIPOS DE DECLARACIONES


Declaraciones Determinativas 

Son las Declaraciones en las que el Declarante determina la base imponible y, en su caso, la deuda tributaria a su cargo, de los tributos que administre la SUNAT o cuya recaudación se le encargue. Los Programas para elaborar las Declaraciones Determinativas se denominan PDT Determinativos.






Declaraciones Informativas

Son las Declaraciones en las que el Declarante informa sus operaciones o las de terceros a solicitud de la Administración Tributaria y en las cuales no se determina ninguna deuda. Los Programas para elaborar las Declaraciones Informativas se denominan PDT Informativos.





 ESTRUCTURA DEL PDT:






A CONTINUACION VEREMOS COMO SE PUEDE DESCARGAR EL PDT SUNAT, JUNTO CON ALGUNOS MODULOS INDEPENDIENTES, mediante un video:











  • En este vídeo daremos  a conocer como Declarar el PDT 0621- Renta Mensual:





MODULOS INDEPENDIENTES: PDT 0600 - Remuneraciones

PDT 0600 - Remuneraciones:
 Dirigido a los contribuyentes que tengan trabajadores en relación de dependencia y paguen o retengan los siguientes conceptos: Retenciones del Impuesto a la Renta Quinta categoría, IES cuenta propia, ESSALUD (seguro regular, agrario y acuicultores), ONP, primas por ESSALUD VIDA , Fondo de Derechos Sociales del Artista y Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional (20530).



CASO PRACTICO 1:

El 14.04.2008 la AFP notificó al Sr. Juan García Fonseca, la emisión de la Resolución de Desafiliación N° 853-2008 y al tener vínculo laboral vigente en dicho mes, la ONP cumplió el 06.05.2008 con informar su nueva situación previsional a su empleador "Servicios Especiales XYZ S.A" (RUC 20179316103) indicando que el inicio del devengue en el SNP es junio de 2008. ¿Qué importe debe retener su empleador, si la remuneración del Sr. García es de S/.600?.
Deuda por diferencial de aportes = S/ 1,350.
Cuota por diferencial de aportes = 10% de la remuneración ( 10% * S/600)
= S/.60
Rpta:
El empleador deberá retener:
Por aportes regulares al SNP, el 13% de la remuneración, es decir S/. 78 que deberá declarar y pagar a través del PDT 600 en la fecha de vencimiento de sus obligaciones del mes de 06/2008.

Por deuda por diferencial de aportes S/.60 y la primera cuota deberá pagarla en la fecha de vencimiento de sus obligaciones de 06/2008, utilizando para ello el Formulario 1075 "Regímenes Especiales".

CASO PRACTICO 2
En el mes de septiembre de 2008 el Sr. Juan García Fonseca (el mismo del Caso 1), estuvo con licencia por enfermedad del 20 al 30 de septiembre de 2008. Por lo que su empleador "Servicios Especiales XYZ S.A" (RUC 20179316103) requiere conocer ¿Cuánto deberá retenerle por Diferencial de Aportes?.
Deuda por diferencial de aportes pendiente de pago = S/1350-S/60*3 (junio, julio y agosto) = S/1170.
El empleador paga S/ 400 de remuneración y S/ 200 por concepto de subsidio (importe que luego solicitará el reembolso al EsSalud).
Rpta:
El empleador deberá retener S/.60. Monto que corresponde al 10% de la suma de la remuneración y el subsidio y deberá pagarlo en la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias de 09/2008, utilizando para ello el Formulario 1075 "Regímenes Especiales".

MODULO INDEPENDIENTE:PDT 0682 – Renta Anual 2012 3ra. Categoría e ITF

PDT 0682 – Renta Anual 2012 3ra. Categoría e ITF -

Dirigido a contribuyentes del Régimen General del Impuesto a la Renta y los que hubieran realizado operaciones gravadas con el ITF, a que se refiere el inciso g) del artículo 9° de la Ley
N°28194.






MODULO INDEPENDIENTE:PDT 0601 - Planilla Electrónica

PDT 0601 - Planilla Electrónica  Dirigido a los contribuyentes que tengan trabajadores en relación de dependencia, así como pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación y personal de terceros.

  • PDT PLANILLA ELECTRÓNICA (A partir del período Enero-2008)

  • PDT PLAME (A partir del período Noviembre-2011)





MODULO INDEPENDIENTE:PDT 0610 – Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

PDT 0610 – Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Dirigido a los contribuyentes que han suscrito convenios con ESSALUD para que esta les otorgue cobertura por los riesgos contemplados en el seguro complementario de trabajo de riesgo en Salud. Incluye la nueva tasa de IGV vigente a partir del primero de Agosto del 2003.



MODULO INDEPENDIENTE:El PDT 0616 - Trabajadores Independientes

El PDT 0616 - Trabajadores Independientes.-

Está dirigido a los trabajadores independientes, personas naturales, directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas y los que desempeñen funciones de actividades similares, siempre que se encuentre obligados a cumplir con declarar y realizar pagos a cuenta mensual por concepto de cuarta categoría de acuerdo a lo dispuesto con el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta así como de la declaración y pago mensual por concepto de IES.


Lo principal es lo siguiente:
¿Como declaran y pagan mensualmente? 

Los contribuyentes que estan obligados a declarar y realizar el pago a cuenta mensual por concepto de Rentas de Cuarta Categoría, deben hacerlo mediante la presentacion del Programa de Declaración Telematica (PDT TrabajadoresIndependientes Formulario Virtual N° 616). siempre y cuando cumplan por lo menos con una de las condiciones siguientes: 

1.Que hayan pertenecido o pertenezcan a algun directorio de Principales Contribuyentes. 

2. Cuando, a partir del 1 de noviembre del año 2002, sus ingresos brutos por concepto de Rentas de Cuarta Categoría que deben declarar en el mes sean superiores a una (1) UIT. 

3. Que tengan un saldo a favor por concepto del Impuesto a la Renta, consignado en la Declaración Jurada Anual del referido tributo correspondiente al ejercicio gravable anterior y/o saldo a favor del IES. 

4. Que tengan otros créditos permitidos por la Ley del Impuesto a la Renta. 

5. Que hubieran emitido notas de crédito modificando sus Recibos por Honorarios conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago. 

Adicionalmente, si utiliza el PDT para cumplir otras obligaciones determinativas, entonces ya está obligado a utilizar este medio en adelante para cualquier declaración que presente
.

MODULO INDEPENDIENTE:PDT 0617 – IGV Otras Retenciones

PDT 0617 – IGV Otras Retenciones -

Dirigido a los contribuyentes que efectúan retenciones por rentas de segunda categoría, rentas de no domiciliados (excepto rentas de cuarta y quinta categoría pagadas a no domiciliados las que se declaran y pagan en el PDT 601- Planilla electrónica), retenciones del IGV, Dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades, retenciones mensuales de tercera categoría de acuerdo a lo normado por el Art 73-B del Impuesto a la Renta y sobre las liquidaciones de compra.


¿Cómo se elabora la declaración?

Para elaborar la declaración mediante el PDT Otras Retenciones, deberá seguir los siguientes pasos :
  • Ingresar a la opción Declaraciones, elegir la opción Declaraciones Determinativas, seleccionar el 0617- Otras Retenciones. En la opción Declaraciones seleccionar la opción Nueva. En esta pantalla ingresará los datos de identificación de la declaración : Inicialmente seleccionar el RUC previamente ingresado en la opción : Registro / Declarante / Nuevo
  • Posteriormente según la información que se encuentre afecto a declarar deberá llenar información en : Retenciones 2da Categ, Retenciones no domiciliados, Retenciones IGV.
  • Finalmente deberá llenar información en la Determinación de la deuda y grabar la declaración registrada.

Usted cuenta con la opción Validar, la cual le permite conocer las inconsistencias (errores o falta de información obligatoria a declarar) detectadas en su declaración.

¿Cómo presentar la declaración ?
Una vez instalado el programa y registrados los datos usted deberá:
  1. Generar la Declaración para SUNAT, para lo cual ingresará a la opción Generar Medio Magnético / Administrador de Envíos.
  2. Seleccione el declarante para el que desea generar la declaración. Luego seleccione la declaración.
  3. Transferir su declaración a disquete(s) de capacidad 1.44 MB de 3.5 pulgadas.
  4. Etiquete el (los) disquete(s) consignando su número RUC en cada uno de ellos.
  5. De preferencia imprima su constancia de presentación, seleccionando la opción Utilitarios/Administración de reportes
  6. Acérquese con el (los) disquete(s) y la constancia de presentación a los lugares autorizados.
  7. De no mediar rechazo del disquete ó de la información contenida en el mismo, deberá realizar el pago del monto que haya señalado como importe a pagar, luego de lo cual se le devolverá (n) el (los) disquete (s), y se le entregará una Constancia de Presentación de la Declaración.
  8. Concluida la presentación de la declaración, deberá registrar el número de orden que figura en la Constancia de Presentación; ingresando al módulo PDT (respectivo) a la opción :Declaraciones enviadas / Registrar Número de Orden.

MODULO INDEPENDIENTE: PDT 0621 - IGV Renta 3ra

PDT 0621 - IGV Renta 3ra. -

Es un régimen tributario que comprende las personas naturales y jurídicas que generan rentas de tercera categoría (aquéllas provenientes del capital, trabajo o de la aplicación conjunta de ambos factores). Aquellos contribuyentes que deseen incorporarse al Régimen General, pueden realizarlo en cualquier momento del año. 


Dirigido a los contribuyentes afectos al IGV e Impuesto a la Renta de Tercera Categoría (Régimen General, Régimen Especial de Renta, Amazonía Zona de Selva y Frontera).


CASO PRACTICO 1



domingo, 14 de julio de 2013

MODULO INDEPENDIENTE: PDT 0681 – Renta Anual 2012 Persona Natural

PDT 0681 – Renta Anual 2012 Persona Natural -

Dirigido a personas naturales que hubieran obtenido rentas de capital y/o rentas de trabajo, o renta de fuente extranjera, que estén obligadas a presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta del ejercicio 2012.



Aquellas obtenidas del alquiler o cesión en uso de bienes muebles o inmuebles.

Y, que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:
Consignen un saldo a favor del fisco en la casilla 161 del PDT N° 681 o del Formulario Virtual N° 681 - Simplificado Renta Anual Persona Natural 2012.

Arrastren saldos a favor del Impuesto a la Renta de ejercicios anteriores y los apliquen contra el Impuesto anual por rentas de primera categoría consignado en la casilla 153 del PDT N° 681.

Tengan pérdidas tributarias pendientes de compensar al ejercicio gravable 2011 y las apliquen sobre las rentas netas de primera categoría consignadas en la casilla 503 del PDT N° 681.

Hayan obtenido ingresos por un monto superior a S/. 31,938; para lo cual considerarán el monto resultante de la casilla 501 del PDT Nº 681 o de la casilla 100 del Formulario Virtual N° 681 - Simplificado Renta Anual Persona Natural 2012.

CASO PRACTICO: RENTA DE TRABAJO (CUARTA Y QUINTA CATEGORÍA)


CASO PRACTICO: RENTA DE CAPITAL (PRIMERA CATEGORÍA)