martes, 16 de julio de 2013

Bienvenidos a mi Blog






EN MI BLOG VAN A CONOCER SOBRE EL TEMA DE PDT SUNAT , EN EL CUAL VAN A ENCONTRAR ALGUNOS MODULOS QUE SE UTILIZAN PARA REGISTRAR.



MI BLOG ES PARA QUE USTEDEN PUEDAN APRENDER , Y SABER INSTALAR Y LLENAR UN PDT SUNAT.


ESTA INFORMACION LES SERVIRA PARA QUE ESTEN MEJOR INFORMADOS DE ACUERDO AL TEMA QUE SE DIJO AL COMIENZO...




Espero que sigan visitando y escribiendo comentarios que sirvan para que yo pueda mejorar el blog para que ustedes les gusten.

Gracias por visitar mi blog......

¿QUE ES EL PDT? Y SUS TIPOS



¿QUE ES EL PDT SUNAT?

El Programa de Declaración Telemática, es un medio informático desarrollado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), el cual brinda mayor seguridad y facilita la elaboración de las declaraciones, así como el registro de información requerida. 

Asimismo, facilita la comunicación con la Administración Tributaria a través del uso de la tecnología informática. 








TIPOS DE DECLARACIONES


Declaraciones Determinativas 

Son las Declaraciones en las que el Declarante determina la base imponible y, en su caso, la deuda tributaria a su cargo, de los tributos que administre la SUNAT o cuya recaudación se le encargue. Los Programas para elaborar las Declaraciones Determinativas se denominan PDT Determinativos.






Declaraciones Informativas

Son las Declaraciones en las que el Declarante informa sus operaciones o las de terceros a solicitud de la Administración Tributaria y en las cuales no se determina ninguna deuda. Los Programas para elaborar las Declaraciones Informativas se denominan PDT Informativos.





 ESTRUCTURA DEL PDT:






A CONTINUACION VEREMOS COMO SE PUEDE DESCARGAR EL PDT SUNAT, JUNTO CON ALGUNOS MODULOS INDEPENDIENTES, mediante un video:











  • En este vídeo daremos  a conocer como Declarar el PDT 0621- Renta Mensual:





MODULOS INDEPENDIENTES: PDT 0600 - Remuneraciones

PDT 0600 - Remuneraciones:
 Dirigido a los contribuyentes que tengan trabajadores en relación de dependencia y paguen o retengan los siguientes conceptos: Retenciones del Impuesto a la Renta Quinta categoría, IES cuenta propia, ESSALUD (seguro regular, agrario y acuicultores), ONP, primas por ESSALUD VIDA , Fondo de Derechos Sociales del Artista y Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional (20530).



CASO PRACTICO 1:

El 14.04.2008 la AFP notificó al Sr. Juan García Fonseca, la emisión de la Resolución de Desafiliación N° 853-2008 y al tener vínculo laboral vigente en dicho mes, la ONP cumplió el 06.05.2008 con informar su nueva situación previsional a su empleador "Servicios Especiales XYZ S.A" (RUC 20179316103) indicando que el inicio del devengue en el SNP es junio de 2008. ¿Qué importe debe retener su empleador, si la remuneración del Sr. García es de S/.600?.
Deuda por diferencial de aportes = S/ 1,350.
Cuota por diferencial de aportes = 10% de la remuneración ( 10% * S/600)
= S/.60
Rpta:
El empleador deberá retener:
Por aportes regulares al SNP, el 13% de la remuneración, es decir S/. 78 que deberá declarar y pagar a través del PDT 600 en la fecha de vencimiento de sus obligaciones del mes de 06/2008.

Por deuda por diferencial de aportes S/.60 y la primera cuota deberá pagarla en la fecha de vencimiento de sus obligaciones de 06/2008, utilizando para ello el Formulario 1075 "Regímenes Especiales".

CASO PRACTICO 2
En el mes de septiembre de 2008 el Sr. Juan García Fonseca (el mismo del Caso 1), estuvo con licencia por enfermedad del 20 al 30 de septiembre de 2008. Por lo que su empleador "Servicios Especiales XYZ S.A" (RUC 20179316103) requiere conocer ¿Cuánto deberá retenerle por Diferencial de Aportes?.
Deuda por diferencial de aportes pendiente de pago = S/1350-S/60*3 (junio, julio y agosto) = S/1170.
El empleador paga S/ 400 de remuneración y S/ 200 por concepto de subsidio (importe que luego solicitará el reembolso al EsSalud).
Rpta:
El empleador deberá retener S/.60. Monto que corresponde al 10% de la suma de la remuneración y el subsidio y deberá pagarlo en la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias de 09/2008, utilizando para ello el Formulario 1075 "Regímenes Especiales".

MODULO INDEPENDIENTE:PDT 0682 – Renta Anual 2012 3ra. Categoría e ITF

PDT 0682 – Renta Anual 2012 3ra. Categoría e ITF -

Dirigido a contribuyentes del Régimen General del Impuesto a la Renta y los que hubieran realizado operaciones gravadas con el ITF, a que se refiere el inciso g) del artículo 9° de la Ley
N°28194.






MODULO INDEPENDIENTE:PDT 0601 - Planilla Electrónica

PDT 0601 - Planilla Electrónica  Dirigido a los contribuyentes que tengan trabajadores en relación de dependencia, así como pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación y personal de terceros.

  • PDT PLANILLA ELECTRÓNICA (A partir del período Enero-2008)

  • PDT PLAME (A partir del período Noviembre-2011)





MODULO INDEPENDIENTE:PDT 0610 – Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

PDT 0610 – Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Dirigido a los contribuyentes que han suscrito convenios con ESSALUD para que esta les otorgue cobertura por los riesgos contemplados en el seguro complementario de trabajo de riesgo en Salud. Incluye la nueva tasa de IGV vigente a partir del primero de Agosto del 2003.



MODULO INDEPENDIENTE:El PDT 0616 - Trabajadores Independientes

El PDT 0616 - Trabajadores Independientes.-

Está dirigido a los trabajadores independientes, personas naturales, directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas y los que desempeñen funciones de actividades similares, siempre que se encuentre obligados a cumplir con declarar y realizar pagos a cuenta mensual por concepto de cuarta categoría de acuerdo a lo dispuesto con el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta así como de la declaración y pago mensual por concepto de IES.


Lo principal es lo siguiente:
¿Como declaran y pagan mensualmente? 

Los contribuyentes que estan obligados a declarar y realizar el pago a cuenta mensual por concepto de Rentas de Cuarta Categoría, deben hacerlo mediante la presentacion del Programa de Declaración Telematica (PDT TrabajadoresIndependientes Formulario Virtual N° 616). siempre y cuando cumplan por lo menos con una de las condiciones siguientes: 

1.Que hayan pertenecido o pertenezcan a algun directorio de Principales Contribuyentes. 

2. Cuando, a partir del 1 de noviembre del año 2002, sus ingresos brutos por concepto de Rentas de Cuarta Categoría que deben declarar en el mes sean superiores a una (1) UIT. 

3. Que tengan un saldo a favor por concepto del Impuesto a la Renta, consignado en la Declaración Jurada Anual del referido tributo correspondiente al ejercicio gravable anterior y/o saldo a favor del IES. 

4. Que tengan otros créditos permitidos por la Ley del Impuesto a la Renta. 

5. Que hubieran emitido notas de crédito modificando sus Recibos por Honorarios conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago. 

Adicionalmente, si utiliza el PDT para cumplir otras obligaciones determinativas, entonces ya está obligado a utilizar este medio en adelante para cualquier declaración que presente
.